Club CAIM-TED

Normativa técnica

Normas de funcionamiento técnico, administrativo y de competición aplicables a socios y alumnos.

Introducción

Esta normativa pretende recoger de manera normalizada el procedimiento a seguir en las diversas áreas de funcionamiento del Club, técnica, administrativa y de competición que afectan a los socios que lo componen.

Socio: cada una de las personas que, movidas por un objetivo común, deciden de manera voluntaria y paritaria asociarse para alcanzar ese objetivo. Los socios del club estarán sujetos a la normativa que cada año se apruebe, tanto en sus derechos como en sus obligaciones.

El periodo de estancia en el club tiene una duración de 12 meses, desde enero a diciembre del año en curso (año natural).

Toda persona vinculada al club de categoría Sub-23 o superior tendrá la obligación de ser socio del club.

Socio Escuela: cada una de las personas que, movidas por un objetivo común, deciden de manera voluntaria y paritaria asociarse para alcanzar ese objetivo. Los socios del club estarán sujetos a la normativa que cada año se apruebe, tanto en sus derechos como en sus obligaciones. El periodo de campaña deportiva en el club tiene una duración de 12 meses, desde septiembre del año en curso a junio del año siguiente; la pertenencia federativa al club es de 12 meses o año natural.

Toda persona vinculada al club de categoría inferior a Sub-23 tendrá la obligación de ser socio de la Escuela.

Art. 1 · Asamblea

El club convocará en Asamblea General ordinaria a todos sus socios, al menos, una vez al año. La normativa se aprobará anualmente por la asamblea y regirá durante la temporada que se encuentre en vigor.

Art. 2 · Fichas

  1. El club tramitará y pagará la ficha federativa según los siguientes criterios:
    1. Directores Técnicos (entrenador), Socios de Escuela y Entrenadores de Escuela (entrenador).
    2. Atletas de Escuela, a criterio de la Dirección Técnica.
  2. El club tramitará, pero no abonará, la ficha federativa según los siguientes criterios:
    1. Entrenadores no pertenecientes a la Escuela (entrenador) y socios.

Art. 3 · Cuotas de socios

1. Cuota de socio

Cada socio pagará una cuota anual de 216 €, que se abonará en pagos mensuales de 18 € a través de la plataforma habilitada por el club en su página web. Además, cada atleta deberá abonar la correspondiente licencia deportiva, según elección Territorial o Nacional.

2. Modalidades de la Escuela

  1. Alumno mensual: matrícula de 30 € y cuota de 30 €/mes, de septiembre a junio.
  2. Alumno de temporada: pago único de 240 € en septiembre u octubre. Esta modalidad no está disponible para nuevas altas en noviembre ni diciembre.
  3. Alumno Escuela Plus: cuota de 27,50 €/mes durante todo el año, sin matrícula; entrenamiento de septiembre a julio.

Las licencias deportivas están incluidas en estas modalidades.

3. Exenciones

Solo se contempla la exención a propuesta de cualquier socio y tras valoración de la Junta Directiva del Club.

Art. 4 · Competiciones

Los atletas con Licencia Federativa tienen el derecho y el deber de participar en todas las competiciones por equipos para las que sean convocados por la Dirección Técnica del club, excepto si existe una causa de fuerza mayor que justifique la ausencia y siempre que se comunique con suficiente antelación a la Dirección Técnica. En caso contrario, el club tomará las medidas disciplinarias recogidas en el artículo 10 de esta normativa.

Art. 5 · Pagos y abonos

El club abonará a sus atletas y entrenadores, como plazo máximo a la finalización de la temporada, los gastos correspondientes a los siguientes conceptos:

  1. Licencias: según el artículo 2.1 de esta normativa.
  2. Viajes: todos los viajes que se realicen por los siguientes motivos:
    1. Competiciones: el club no abonará ningún gasto derivado de las competiciones que el atleta realice si este no está sujeto al plan de viaje acordado por el club o ha perdido su condición de socio o socio de Escuela durante el periodo de la licencia federativa en vigor.

El club, mediante su plan de viaje, intentará cubrir los gastos de desplazamiento, alojamiento y dietas de los atletas en competiciones individuales que no tengan carácter máster: Campeonato de Andalucía y Campeonatos de España, siempre que el atleta tenga mínima de participación y muestre estar entrenando y en buen estado de forma para la competición, o sea admitido en el Campeonato aun sin tener dicha mínima. Si no pudiera cubrir todos los gastos, la Dirección Técnica se reserva el derecho de decidir y autorizar los desplazamientos y dietas con cargo al Club.

3. Dietas

Las dietas que no vayan incluidas en los viajes a competiciones oficiales serán abonadas con las siguientes cuantías:

  • Desayuno: 3 €
  • Almuerzo: 15 €
  • Cena: 12 €
  • Kilometraje: 0,15 €/km con vehículo completo o 0,12 €/km si el vehículo no se completa, o bien los gastos de desplazamiento según el viaje.

Art. 6 · Asistencia médica

En caso de lesión, todos los atletas están obligados a utilizar la asistencia médica concertada con el seguro suscrito a través de las licencias federativas. También deberán comunicar dicha incidencia a la Dirección Técnica.

Art. 7 · Inscripciones

7.1. Competiciones individuales de ámbito regional

Los propios socios serán los encargados de realizar la inscripción a través del Portal del Atleta y, en caso de problema, la Dirección Técnica.

Para los Socios de Escuela, la Dirección Técnica será la encargada de realizar las inscripciones personales de cada atleta, siguiendo el procedimiento establecido en la normativa técnica de cada campeonato. Solo en este caso será el club el responsable del pago de las inscripciones.

7.2. Competiciones nacionales y de clubes

La Dirección Técnica será la encargada de realizar las inscripciones personales de cada atleta, siguiendo el procedimiento establecido en la normativa técnica de cada campeonato, sin excepción de categoría alguna, y el pago corresponderá al club.

Art. 8 · Equipaciones

Es un derecho y un deber defender y portar con decoro la indumentaria del club, sin menoscabar los intereses del club y de todos sus socios.

Es obligatorio llevar la equipación completa en las pruebas reflejadas en el calendario oficial del club antes, durante y después de la competición, dejando visible el nombre de nuestros patrocinadores.

La publicidad no deberá taparse con el dorsal en la medida de lo posible y deberá permanecer visible al subir al podio, recibir algún premio o realizar una entrevista.

El club entregará el material oficial de entrenamiento y competición según los siguientes criterios:

Socios: se les proporcionará como mínimo la indumentaria de competición. La Junta Directiva decidirá cada año el material a entregar.

Alumnos de la Escuela de Atletismo: se entregarán dos camisetas de entrenamiento.

Art. 9 · Baremo de premios

Los premios para la presente temporada serán acordados por la Asamblea.

Medalla Nacionales Internacionales
Individual Equipos Individual Equipos
Oro 50,00 € 25,00 € 80,00 € 50,00 €
Plata 40,00 € 20,00 € 60,00 € 40,00 €
Bronce 30,00 € 15,00 € 40,00 € 30,00 €

Art. 10 · Disciplina

1. Faltas

Se establecen tres tipos de faltas:

10.1.1. Faltas muy graves

  1. No participar en competiciones para las que se hubiera sido convocado por la Dirección Técnica del club, sin causa ni justificación alguna.
  2. Mostrar una actitud negativa o un rendimiento bajo evidente y premeditado en competiciones por equipos.
  3. Atentar o menoscabar los intereses y la imagen del club con actitudes poco decorosas.

10.1.2. Faltas graves

  1. No llevar puesta la equipación completa del club en competición.
  2. Hacer declaraciones en medios de comunicación o redes que afecten a la buena imagen del club.

10.1.3. Faltas leves

  1. No aparecer con el uniforme del club en los medios de comunicación.
  2. Tapar total o parcialmente el nombre del patrocinador.
  3. No comunicar la participación en una competición del calendario oficial del club.

2. Sanciones

El club sancionará las faltas recogidas anteriormente, o aquellas que la Junta Directiva determine aunque no estén recogidas explícitamente, con las siguientes cuantías:

  1. Faltas muy graves: de 150 a 600 euros y posibilidad de pérdida de los derechos como socio.
  2. Faltas graves: de 30 a 300 euros y posibilidad de pérdida de los derechos como socio.
  3. Faltas leves: de 30 a 60 euros y, en caso de reiteración, posibilidad de pérdida de los derechos como socio.

3. Procedimiento sancionador

Para sancionar a un atleta se deberá seguir el siguiente proceso:

Se constituirá un Comité de Disciplina compuesto por tres miembros de la Junta Directiva —Presidente, Director Técnico competente y otro componente de la Junta Directiva—, además de un entrenador y un atleta que no estén implicados en el caso y participen de forma libre y voluntaria. Uno de ellos será elegido por la persona a la que se haya abierto el expediente.

El Comité de Disciplina recibirá el expediente de la Junta Directiva y le devolverá la resolución para que esta la haga cumplir.

La Junta Directiva, en representación del Club, podrá sancionar económica o deportivamente a los atletas que cometan alguna de las faltas recogidas en el apartado 10.1.

La Junta Directiva abrirá expediente sancionador y deberá comunicar por escrito la presunta falta y su posible sanción a la persona implicada en los quince días posteriores a la fecha en que se cometió. Asimismo, citará al atleta para presentarse ante el Comité de Disciplina dentro de ese mismo plazo, a fin de justificar o defenderse de la falta imputada.

El Comité de Disciplina resolverá en el plazo máximo de una semana y devolverá el expediente a la Junta Directiva para que comunique la resolución a la persona afectada.

Nota importante: la aprobación de esta normativa en noviembre de 2025 implica la derogación de todas las anteriores.